SAT
El día de hoy la el Servicio de Administración Tributaría ha publicado en el Diario oficial de la Federación la TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, en el cual se se da a conocer el periodo vacacional para el SAT en los días comprendidos 23 al 31 de diciembre de 2024.
Por lo tanto, se considerarán como inhábiles para todo el cómputo de plazos de conformidad con el Artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF
Secretaría de Economía
La Secretaría de Economía ha dado a conocer mediante un anteproyecto los plazos oficiales que se consideran como inhábiles para este diciembre 2024, dentro del periodo de días comprendidos del 19 de diciembre de 2024 al 3 de enero de 2025, por lo tanto, no se computarán los plazos y términos procesales que establecen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, correspondientes a los procedimientos administrativos que se substancien ante la Secretaría de Economía.
Cualquier documento presentado ante la SE durante este periodo, se entenderá recibido el 6 de enero de 2024, por lo que recomendamos se tomen las medidas necesarias para evitar contratiempos en los trámites.
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